CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
Rev. 9 del 14.04.20211.º Generalidades
Para nuestros servicios son de aplicación exclusivamente las condiciones siguientes, siempre y cuando no confirmemos por escrito otras condi- ciones en casos determinados. Por lo tanto, aún cuando no las contradigamos expresamente, las condiciones de nuestros clientes solamente tienen aplicación en la medida en que las mismas se correspondan con las nuestras. Con la aceptación de los servicios encargados se consideran reconocidas nuestras condiciones. Los acuerdos se toma- rán, en principio, siempre por escrito. No obstante, si se tomaran acuerdos oralmente, las partes se comprometen a hacer constar los mismos por escrito sin demora. Si existen acuerdos por escrito, salvo prueba de lo contrario, se supone que estos son íntegros y no se producirán cambios en los mismos. Estipulaciones accesorias a nuestras ofertas, confirmaciones y acuerdos precisan nuestra confirmación por escrito para su validez e inclusión en el contrato.
2.º Oferta y contratación
2.1 Nuestras ofertas se realizan bajo la reserva de que nosotros mismos seamos suministrados correctamente y dentro del plazo por parte de nuestros proveedores. Esto solamente es de aplicación para el caso de que la falta de suministro a nuestros clientes se produzca por motivos por los que no tenemos que responder, en especial en el caso de concertación de operaciones de cobertura congruentes con nuestros proveedores. El cliente será informado inmediatamente sobre la falta de disponibilidad de la prestación; la contraprestación será restituida inmediatamente.
2.2 Todos los datos reflejados en nuestros catálogos y listas de precios se entienden básicamente facultativos y sin compromiso. La documentación correspondiente a las ofertas, como ilustraciones, descripciones, medidas y pesos, dibujos, muestras y otros datos técnicos, así como aquellas referencias a las normas DIN, EN, ISO u otras normas empresariales o supraempresariales designan exclusivamente el objeto contractual, no son vinculantes y no representan ninguna afirmación sobre las propiedades, a no ser que una propiedad se hubiera acordado expresamente.
2.3 Un contrato no se concluye hasta que no se realiza su confirmación (escrito de confirmación). La confirmación se elabora mecánicamente y no precisa firma para su efectividad.
2.4 Nos reservamos los derechos de propiedad y de explotación sin restricciones de todos los documentos; no deberán ponerse a disposición de terceros. Esto incluye en particular, pero no exclusivamente, las ofertas, así como los dibujos y otros documentos que explican el producto. No deberán reutilizarse o transmitirse ni totalmente ni en extractos sin la autorización por escrito del autor, aún menos a los competidores.
2.5 En el sentido de lo dispuesto en el art. 14 BGB (Código Civil alemán), frente a empresarios tenemos reservado el derecho de realizar modificaciones razonables de las prestaciones para el cliente en el marco usual en el comercio.
2.6 No se asegura la disponibilidad de los modelos de cuchillas publicados para su puesta a disposición como muestra de producto y se entiende sin compromiso. Queda reservado el derecho a cesión y venta intermedia.
3.º Mejoras técnicas
LUTZ es esfuerza en mejorar constantemente la calidad y prestación de sus productos. Por ello, todos los datos reflejados en folletos, listas de precios e Internet así como aquellos presentados en ferias solo pueden considerarse a modo de ejemplo. La presentación de productos no representa una oferta vinculante ni es una garantía de la capacidad de suministro. LUTZ se reserva el derecho a realizar modificaciones en los productos antes de la conclusión del contrato sin informar previamente a los clientes al respecto. En este sentido, una excepción la representan los desarrollos especiales determinados a un cliente en concreto. No se puede dar una garantía para un modelo durante un período de tiempo determinado.
4.º Relaciones modificadas
En el sentido del art. 13 BGB (Código Civil alemán), frente a los consumidores se respetarán los precios respectivamente acordados para las mercancías suministradas dentro de un plazo de 4 meses desde la conclusión del contrato. En el resto de casos, los precios finales pueden diferir de los precios ofertados si entre el momento de la conclusión del contrato y el del suministro los factores de cálculo han variado imprevisiblemente. Por ello estamos especialmente facultados a transmitir aumentos de precios de materiales previos, de materias primas y materiales auxiliares, de costes de energía de todo tipo (combustibles, gas, corriente eléctrica), los sueldos y salarios acordados por convenio, así como posibles aumentos de impuestos. No tiene lugar un aumento de nuestro margen de beneficio.
5.º Reserva comisoria
Tenemos derecho a resolver el contrato si el cumplimiento se encuentra con dificultades técnicas insuperables incluso con la aplicación de una atención especial y de la realización de los esfuerzos correspondientes, o bien cuya superación represente un gasto desproporcionadamente alto en comparación con el valor de la cosa del servicio que debemos aportar. En este sentido se considera desproporcionado el gasto que supere el volumen del pedido en más del 15 %. Se informará al cliente inmediatamente, a ser posible ya en el momento de la formalización del contrato, sobre problemas reconocibles en la ejecución técnica y el contrato se concertará bajo la reserva correspondiente. Los posibles pagos del cliente recibidos deberán ser devueltos si se refieren al servicio no realizado.
También tenemos derecho a resolver el contrato si el cliente no realiza dentro del plazo los pagos anticipados acordados contractualmente.
6.º Período de suministro
La indicación de la fecha y los plazos de entrega en el escrito de confirmación acordados como “aproximadamente” o que no se hayan acordado expresamente como “fijos” o “vinculantes” se realiza sin compromiso. El plazo de entrega empieza a contar, como muy pronto, el día de nuestra confirmación del pedido, si bien no antes de haber aclarado completamente todos los detalles de la ejecución y todas las condiciones previas que ha de cumplir el cliente.
Esto se aplica particularmente en relación a la autorización necesaria en el caso de la (primera) elaboración de modelos de cuchillas específicos para el cliente y de dibujos de artículos elaborados por parte de LUTZ.
Es admisible la entrega antes de la expiración del plazo. Lo mismo es de aplicación para entregas parciales a empresarios cuando estas sean razonables para el cliente teniendo en consideración los intereses de ambas partes.
7.º Herramientas
Todas las herramientas necesarias para el cumplimiento del pedido que hayan sido expresamente cargadas en factura al comprador / cliente como cuota de participación en los costes de herramientas continúan siendo de nuestra propiedad. Las herramientas puestas a disposición por parte del comprador / cliente serán mantenidas y conservadas cuidadosamente. Corremos con los costes de mantenimiento producidos por desgaste. Las herramientas pagadas por el comprador / cliente serán utilizadas exclusivamente para él.
8.º Precios y condiciones de pago
Nuestros precios se entienden franco fábrica desde Solingen. Si no existen otros acuerdos expresos, se añadirán los costes auxiliares, como embalaje, transporte, franqueo, seguros y otros costes de envío. Además, también se computa el Impuesto sobre el Valor Añadido legal en vigor.
Siempre y cuando no se hayan acordado expresamente otros términos, nuestras facturas se han de abonar sin descuento en 30 días a partir de la fecha de factura. En caso de que se sobrepase el plazo de pago, tenemos derecho a computar intereses por mora a los consumidores por un importe de 5 puntos porcentuales sobre el tipo de interés de base respectivo, a los empresarios por un importe de 9 puntos porcentuales sobre el tipo de interés de base respectivo.
Aceptamos letras de cambio como medio de pago cuando exista un acuerdo especial. En estos casos computamos costes, impuesto de timbres e intereses hasta el día de vencimiento por el importe de los respectivos tipos de descuento bancario. Abonos o letras de cambio y cheques son válidos siempre bajo reserva de la entrada y sin perjuicio del vencimiento anterior del precio de compra en el caso de mora del cliente. Se realizan con fijación de valor del día en el que nosotros podemos disponer del equivalente pecuniario. Tenemos derecho a negar la entrega hasta que el cliente haya cumplido sus obligaciones derivadas de operaciones anteriores. Si después de la conclusión del contrato llegan a nuestro conocimiento hechos sobre un empeoramiento esencial de las relaciones patrimoniales del comprador / cliente que, según el criterio comercial responsable puedan poner en peligro nuestro derecho a contraprestación, hasta el momento de recibir su prestación, podemos exigir que se nos presente una seguridad adecuada en un plazo prudencial o bien hacer nuestra prestación dependiente de la contraprestación. Nos reservamos el derecho de requerir el pago de un anticipo prudencial o la entrega de un aval bancario antes de ejecutar un pedido.
Si el comprador / cliente no cumple esta exigencia o no lo hace dentro del plazo, tenemos derecho a retirarnos del contrato o exigir indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento. Si hemos acordado con el cliente el pago a plazos o aceptado letras de cambio como medio de pago, en el caso de que se produzca el peligro de nuestra prestación arriba descrito, tenemos derecho a hacer pagadera la contraprestación del cliente con efecto inmediato y en su totalidad y con intereses. Tras la advertencia de la constitución en mora podemos, a nuestra elección, retirarnos del contrato sin prolongación del plazo o reclamar indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento. En el caso de suspensión de pagos o insolvencia del cliente, la deuda creditual del precio de compra es pagadera de inmediato.
9.º Envío y transmisión del riesgo
Para empresarios según el art. 14 BGB (Código Civil alemán) es de aplicación lo siguiente: el envío se realiza según el mejor criterio, sin garantía de haber elegido la expedición más económica, y siempre por cuenta y riesgo del cliente, especialmente también en el caso excepcional de que el envío se realice franco de porte o se entregue a través de nuestros vehículos o personal. Un seguro se contrata exclusivamente a requerimiento y a cuenta del cliente. Para consumidores en el sentido del art. 13 BGB (Código Civil alemán) son de aplicación las regulaciones legales.
10.º Reserva de la propiedad
Nuestros suministros continúan siendo de nuestra propiedad hasta que se hayan pagado todos los derechos credituales que nos correspondan ahora o en el futuro frente a nuestros socios contractuales, con independencia del fundamento jurídico que haya generado dichos derechos, incluso cuando se haya abonado el precio de compra para deudas específicas. En el caso de cuenta corriente, la propiedad reservada se considerará como garantía para el pago del saldo deudor. El tratamiento o procesamiento se realizan exclusivamente para nosotros bajo la exclusión de la adquisición de propiedad, conforme a lo dispuesto en el art. 950 BGB (Código Civil alemán), y sin comprometernos. La mercancía procesada sirve para nuestra seguridad por el importe del valor de la factura de la mercancía bajo reserva. Para el caso del pago en forma de cheque/letra de cambio, la reserva de la propiedad continúa en vigor hasta el rescate de la letra de cambio por parte del cliente. En el caso de que el cliente procese nuestra propiedad reservada con otras mercaderías que no nos pertenezcan, nos corresponde una copropiedad de la cosa nueva en la proporción del valor de la mercancía bajo reserva respecto a las otras mercaderías procesadas en el momento en que se realizó el procesamiento. Por lo demás, para la cosa nueva surgida del procesamiento son de aplicación los mismos términos que en la mercancía bajo reserva. Se considera mercancía bajo reserva en el sentido de estas condiciones. El cliente ya nos cede por medio de la presente sus derechos credituales derivados de la reventa o de la enajenación de la mercancía bajo reserva, tanto si la reventa o la reenajenación de la mercancía bajo reserva se produce sin previo acuerdo o según acuerdo y o si se revende o reenajena a uno o a varios compradores. El derecho creditual cedido sirve para la seguridad por el importe del valor de la mercancía bajo reserva respectivamente vendida o reenajenada. Si el cliente vende o reenajena la mercancía bajo reserva junto con otras mercancías que no nos pertenecen, tanto si la venta o reenajenación se realiza sin previo acuerdo o según lo acordado, la cesión del derecho creditual está limitada al importe del valor de la mercancía bajo reserva. El cliente solamente puede vender o enajenar nuestra propiedad dentro de las operaciones comerciales habituales y siempre y cuando no se encuentre en mora. El cliente solamente está autorizado y facultado a la reventa o reenajenación de la mercancía bajo reserva teniendo en cuenta que el derecho creditual resultante de la reventa o reenajenación se nos transmita según lo indicado en los apartados anteriores. El cliente no está autorizado a realizar otras disposiciones sobre la mercancía bajo reserva. A nuestras instancias, está obligado a dar a conocer la cesión a su cliente a efectos de pago a nosotros. Si el valor de la seguridad que existe para nosotros supera nuestros derechos credituales en más del 20 %, a instancias del cliente, estamos obligados a liberar seguridades en la misma medida según nuestra elección. El cliente ha de informarnos inmediatamente en caso de embargo o cualquier otro detrimento de nuestro derecho creditual por parte de terceros.
La mercancía continúa siendo de nuestra propiedad hasta el pago definitivo de la misma.
11.º Garantía y responsabilidad por vicios
El comprador / cliente está obligado a revisar la mercancía inmediatamente tras su recepción y a comunicarnos inmediatamente cualquier vicio detectado (p.ej defectos de la mercancía suministrada, falta de propiedades aseguradas o suministros menguados), si bien, en caso de vicios ocultos esto es aplicable en el momento en que se reconozcan. Los empresarios han de denunciar en forma de texto (correo electrónico o telefax) o bien en forma escrita los vicios manifiestos a más tardar en el plazo de 1 semana a partir de la recepción de la mercancía. Para respetar el plazo es suficiente el envío dentro del mismo. La carga probatoria del cumplimiento de los requisitos para hacer valer sus derechos recae sobre el empresario, en especial en lo que se refiere al propio vicio, así como en lo relativo al momento de determinación del mismo y su reclamación dentro del plazo. Permanecen inafectados los requisitos legales más estrictos, es especial los que se desprenden del art. 377 HGB (Código de Comercio alemán).
En otro caso, la mercancía se considera aceptada. Si la reclamación del vicio es procedente, podremos efectuar la pertinente mejora o efectuar un suministro subsidiario, a nuestra elección. Frente a empresarios, el suministro subsidiario significa la puesta a disposición en el lugar de cumplimiento contra la devolución de la mercancía defectuosa sin la asunción de otros costes. Si no cumplimos nuestras obligaciones dentro de un plazo prolongado adecuado que nos ha sido fijado, el comprador / cliente estará autorizado a la reducción o a retirarse del contrato. Otros derechos de garantía, en especial la indemnización por daños y perjuicios, quedan excluidos para empresarios en los límites de la cifra 11 de estas CGC. Si el comprador / cliente es un consumidor, la limitación se encuentra en los derechos de garantía legales, sin reservas de las regulaciones siguientes:
No asumimos responsabilidad alguna por defectos que se desprenden de la documentación suministrada por el comprador / cliente (dibujos, muestras y similares). Estamos facultados a negar la eliminación de vicios mientras el cliente no haya cumplido sus obligaciones de pago. Los derechos de garantía del cliente desaparecen cuando se realizan modificaciones en la mercancía elaborada por nosotros sin nuestro consentimiento previo o se producen daños no provocados por nuestra causa, por ejemplo por la utilización o el montaje inadecuados. Si no se han acordado expresamente otros términos, el suministro de la mercancía se realiza con protección anticorrosiva a base de aceite en el caso de aceros al carbono y sin aceitar en el caso de aceros inoxidables o austeníticos. No se puede excluir la existencia de restos de materiales auxiliares y consumibles y esto no justifica ninguna reclamación (ver a este respecto el punto 13 “Definiciones de conceptos”). Un tratamiento para conseguir la mejor carencia de gérmenes y esterilización posible de la mercancía ha de ser acordado expresamente por separado. La resistencia a la corrosión de los materiales utilizados solamente puede garantizarse de conformidad con lo indicado en el punto 13 “Definiciones de conceptos” y para el momento del suministro. La falta de protección anticorrosiva según lo acordado, el almacenamiento inadecuado o el daño de la mercancía por embalaje inadecuado en la devolución de la mercancía por parte del cliente conllevan la exclusión de responsabilidad de LUTZ.
12.º Responsabilidad
Está excluido el derecho del comprador / cliente a la reclamación de indemnización por daños y perjuicios. Una excepción de esta exclusión son las reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios del comprador / cliente por daños en la vida, el cuerpo y la salud o por contravención de obligaciones contractuales esenciales, así como la responsabilidad para otros daños ocasionados por el incumplimiento del deber premeditado o negligencia grave del usuario, sus representantes o auxiliares ejecutivos. Se consideran obligaciones contractuales esenciales aquellas cuyo cumplimiento es necesario para alcanzar el objetivo del contrato.
En caso de contravención de obligaciones contractuales esenciales, nuestra responsabilidad se limita a daños promedio inmediatos previsibles y típicamente contractuales según el tipo de la mercancía. Esto también es de aplicación en el caso de contravención por negligencia leve de nuestros representantes legales o auxiliares ejecutivos.
Frente a empresarios no respondemos por contravención por negligencia leve de obligaciones contractuales insignificantes. Las limitaciones de responsabilidad anteriores no afectan a las pretensiones del cliente derivadas de la responsabilidad del producto.
También permanecen inalterables las pretensiones ya existentes en el momento de la conclusión del contrato.
13.º Definiciones de conceptos
Inoxidable, resistente al óxido o conceptos similares que describen el estado de la cosa: en el lenguaje común, el concepto “inoxidable” se utiliza como falta de tendencia a la oxidación en el caso de exposición al oxígeno. Según el material utilizado, puede reducirse la tendencia a la oxidación. La tendencia a la formación de óxido puede optimizarse en gran manera por encima de la capacidad del material básico, especialmente, mediante la elección de materiales y procedimientos determinados contractualmente, como el lacado, el pulido de las superficies, la pasivización y procedimientos similares. No podemos garantizar la carencia de corrosión en el sentido teórico de ausencia de descoloraciones de la superficie y esto no representa un vicio en el sentido de las propiedades del producto.
Carencia de arañazos o conceptos similares que describen el estado de la cosa: las estructuras superficiales (texturas) dependen de la fabricación. No podemos garantizar la carencia de ralladas en el sentido de la descripción de un defecto de una textura de estas características y estas ralladas no representan un vicio en el sentido de las propiedades del producto.
Carencia de suciedad, limpio, limpiado o conceptos similares que describen el estado de la cosa: nuestros productos tienen suciedades residuales típicas de la fabricación. Estas pueden minimizarse más mediante una limpieza posterior acordada contractualmente. Encargamos regularmente a institutos independientes la confirmación de la eficiencia de nuestra limpieza de productos. Estos informes están a disposición de nuestros clientes para su examen. No podemos garantizar la carencia de suciedad en el sentido teórico.
Carencia de gérmenes, esterilidad o conceptos similares que describen el estado de la cosa: los tratamientos de nuestros productos en relación con la carencia de gérmenes y la esterilidad acordados contractualmente, se realizan de conformidad con el estado actual de la técnica en instalaciones adecuadas para ello. Las instalaciones se mantienen en un alto estado técnico. No podemos garantizar la carencia de gérmenes ni la esterilidad en el sentido teórico.
14.º Fuero jurisdiccional, lugar de cumplimiento
Si el cliente es un comerciante, una persona jurídica del derecho público o una entidad gestora del patrimonio especial de carácter público, el fuero jurisdiccional para todos los litigios derivados de este contrato es Solingen. Lo mismo es de aplicación en el caso de que el cliente no tenga fuero general en Alemania o su dirección o residencia habitual no sea conocida en el momento de presentación de la demanda.
También se acuerda Solingen como lugar de cumplimiento para todas las pretensiones derivadas de este contrato y en relación con él; para contratos con consumidores es de aplicación lo dispuesto en el art. 269 BGB (Código Civil alemán).
15.º Derecho aplicable
Para la relación contractual es válido exclusivamente el derecho alemán. Las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías no encuentran aplicación.
16.º Continuación de la vigencia del contrato en el caso de ineficacia parcial
Si una disposición de estas condiciones y los otros acuerdos tomados carecieran de eficacia en el presente o en el futuro, esto no afectará la validez del resto del contrato. Las partes contratantes se comprometen a sustituir la disposición ineficaz por una regulación que responda al éxito económico de la disposición ineficaz en la forma más parecida posible.